La ley de apoyo al emprendedor es tacaña en incentivos a la inversión

CiU se abstuvo en el Senado en la votación de la ley de apoyo a los emprendedores ya su internacionalización porque, según el senador Manuel Plana es "deficiente", lamina competencias autonómicas y el PP lo ha utilizado para "vender humo". En la aprobación definitiva del mismo texto en el Congreso, en cambio, CiU votó a favor porque según su portavoz económico, Josep Sánchez Llibre, se conseguirá que en España haya más jóvenes que puedan llevar a cabo un proyecto empresarial.
Plana ve el vaso medio vacío entre otras cosas porque el PP se ha negado a hacer compatibles los incentivos fiscales del Estado y las comunidades autónomas a la inversión de particulares en nuevas empresas. Esto quiere decir que un business angel no puede aplicar la deducción del 20% estatal si aplica la de la Generalidad, que ya existe y es del mismo porcentaje. La patronal vallenca Cecot había pedido a los grupos parlamentarios que eliminaran la incompatibilidad entre las dos deducciones. El senador también destaca que se ha rechazado la propuesta de su grupo de elevar la deducción por reinversión de beneficios del 10 al 20 por ciento.Sánchez Llibre, en cambio, destaca que se ha conseguido una de las principales reivindicaciones del grupo catalán, la implantación de la figura de los business angel , que en la ley se denominan "inversores de proximidad". La ampliación para todos los nuevos autónomos de la posibilidad de cotizar a la Seguridad Social con 50 euros mensuales durante el primer medio año es otra de las medidas positivas que destaca el diputado de UDC.
El popular Rafael Hernando destaca que con esta ley se da cumplimiento al compromiso electoral de introducir el IVA de caja, un "fraude" según Pedro Saura, del PSOE, que ha visto rechazada una enmienda en la que pedía que el IVA de caja fuera real, ya que tal y como ha quedado es una simple moratoria. Otras enmiendas socialistas rechazadas pedían que la imposibilidad de embargar por deudas la vivienda habitual de los emprendedores de responsabilidad limitada se ampliara a todos los activos no afectos al negocio, la creación de un fondo público para la financiación de empresas y fomento de el emprendimiento, con una dotación inicial de 20.000 millones de euros (la ley se limita a decir que el gobierno hará planes de financiación), y la firma de convenios con entidades financieras para que el estado garantice parte de los créditos a las pymes que facturan entre 1 y 5 millones de euros.
Tampoco han prosperado enmiendas sobre financiación presentadas por IU-ICV-CHA, como la que proponía un plan de créditos ICO a interés inferior al mercado, o la que pretendía obligar a las entidades financieras a destinar un porcentaje de sus activos a financiar proyectos de autónomos y pymes. Para el diputado de este grupo Joan Coscubiela, aunque plantea algunos "aspectos positivos", la ley recoge soluciones "falsas", como la del IVA de caja.
Para ERC, Joan Tardá ha mostrado "cierta decepción" porque "el PP había adquirido un compromiso de incorporar la economía social al proyecto", que se ha incumplido. Los republicanos han visto rechazada una enmienda que ampliaba la deducción por inversiones en capital de nuevas empresas a las destinadas a cooperativas de trabajo. Asimismo, ERC ha visto rechazadas propuestas como las cooperativas tributen al 15% en impuesto sobre sociedades, la exención en el Impuesto sobre Sociedades de las ayudas de las administraciones para programas de apoyo a emprendedores, elevar al 35% la desgravación fiscal por inversión de particulares en empresas de menos de tres años y reducir un 50% los impuestos por ampliación de capital durante los cinco primeros años.

Las cuatro claves de la reforma

Aplazamiento del IVA de facturas impagadas

Podrán aplicar el régimen especial del criterio de caja-no pagar en las liquidaciones trimestrales del IVA de las facturas no cobradas-las empresas que no superen los dos millones de euros anuales de facturación.
El impuesto "se devengará en el momento del cobro total o parcial del precio por los importes efectivamente percibidos o, si éste no se ha producido, el devengo se producirá el 31 de diciembre del año inmediato posterior a aquel en que se haya realizado la operación ".
No pueden acogerse a este régimen las operaciones ligadas a los regímenes especiales simplificado, de la agricultura, ganadería y pesca, del recargo de equivalencia, del oro de inversión, los servicios prestados por vía electrónica, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones.

Emprendedor de Responsabilidad Limitada

La persona física podrá limitar su responsabilidad por las deudas ligados a la actividad empresarial o profesional mediante la asunción de la condición de Emprendedor de Responsabilidad Limitada, a quien no se puede embargar por impago la vivienda, siempre que su valor no supere los 300.000 euros.
Se modifica la ley concursal para rebajar del 67% al 55% del importe del pasivo titularidad de las entidades financieras suscrito por acreedores necesario para que el acuerdo de refinanciación pueda homologarse judicialmente.
Se crea la figura de la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva, que no requiere disponer de un capital mínimo de 3.000 euros para comenzar a operar.

Acceso de las pymes a los contratos públicos

Eleva de 350.000 a 500.000 el umbral para la exigencia de la clasificación en los contratos públicos de obras, y de 120.000 a 200.000 en los de servicios.
Se prohíbe discriminar a favor de contratistas previos en los procedimientos de contratación pública.
Se reduce de 8 a 6 meses el plazo de demora para solicitar la resolución del contrato si la adjudicataria es una pyme. Se aumenta el control por parte de las administraciones públicas de los pagos que los contratistas deben hacer los subcontratistas.
El plazo para la devolución de garantías pasa de doce a seis meses en caso de que la empresa adjudicataria sea una pyme.

Incentivos fiscales para reinversión y 'business angels'

Las empresas de reducida dimensión (facturación inferior a 10 millones de euros anuales) tendrán derecho a una deducción en la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades del 10% de los beneficios que se inviertan en elementos nuevos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas. 
Los contribuyentes podrán deducir en el IRPF el 20% de las cantidades satisfechas por la suscripción de acciones o participaciones en sociedades anónimas o limitadas de nueva o reciente creación (menos de tres años). La base máxima de deducción será de 20.000 euros anuales y la inversión debe durar entre 3 y 12 años.

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